MOSCOSOS

 



¿Qué son?

Los “moscosos” son días de permiso de libre disposición o, también llamados, de asuntos particulares no sujetos a antigüedad que les corresponden a todos los funcionarios. Se denominan así por el ministro que los instauró, Javier Moscoso, implementándose en 1983 como compensación por los recortes salariales efectuados.

En la comunidad de Castilla y León, en Educación, no estaban implementados, pero por sentencia judicial el funcionariado docente comenzó a disfrutarlos a partir del curso 2017/2018, aunque regulados de manera diferente al del resto de funcionarios.

 

 

¿De cuántos moscosos disponemos?

En general, podemos disfrutar de 6 moscosos durante el curso.  

Pero el profesorado, especialmente el interino, que no tenga vacante y no haya trabajado durante todo el curso o que solo lo haya hecho durante algunos periodos, tendrá que realizar el cálculo de los moscosos que le corresponden. El cálculo es proporcional al periodo o periodos de nombramiento, incluidas las prórrogas. En este cálculo no se tendrá en cuenta el tipo de jornada (completa o parcial), sino simplemente los periodos.



¿Cuándo podemos disfrutar de los moscosos?

Podemos disfrutarlos de la manera siguiente:

  • DOS de ellos en días lectivos. Pero no pueden ser consecutivos, y, además, deben disfrutarse en trimestres diferentes.
  • El resto, CUATRO, en días no lectivos.

 

Por necesidades de servicio, no se podrá solicitar el disfrute de moscosos en los siguientes periodos:

  •  Los primeros 7 días de inicio de curso.
  • Los 7 días lectivos inmediatamente anteriores y posteriores a las vacaciones de Navidad y Semana Santa.
  • Los 7 día inmediatamente anteriores a la finalización de la impartición de docencia en el mes de junio.
  • Periodos de evaluaciones finales, ordinarias y extraordinarias, y las sesiones de evaluación.



                                                            Pincha en la imagen para acceder a la solicitud


¿Qué requisitos debemos cumplir para disfrutar los moscosos?

La concesión y el disfrute de los moscosos está condicionada a una serie de requisitos o condiciones:

  • La concesión del disfrute no puede afectar negativamente a la continuidad pedagógica del alumno, ni a la correcta organización o servicios de apoyo.
  • No puede afectar a las actividades programadas relacionadas con la evaluación del alumnado.
  • Tiene que existir profesorado que pueda asumir la ausencia.

 

 


¿Cuándo hay que solicitar los moscosos?

 Hay que solicitarlos con un periodo máximo de un mes con respecto a la fecha, y un mínimo de quince días lectivos.

 

 


¿Quién concede los moscosos?

 Los moscosos son concedidos por la Dirección de Recursos Humanos, delegada esta competencia en los titulares de las Direcciones Provinciales de Educación.

 

Para ello, la solicitud se entregará en el centro de destino. El director del centro informará favorable o desfavorablemente a la Dirección Provincial a través de un informe motivado sobre la concesión del moscoso, que deberá enviarse en un plazo máximo de dos días desde la recepción de la solicitud.



Pincha en la imagen para acceder a la solicitud



Si el número de solicitudes puede afectar al centro, se tendrá en cuenta para su concesión:

  • Necesidad o el carácter urgente alegado.
  • El número de solicitudes del citado permiso realizadas previamente en el curso escolar.
  • Antigüedad en el centro.



Para más información sobre los moscosos, no dudéis en poneros en contacto con ANPE Zamora.



Enlaces de interés:

- Documento de ANPE Zamora sobre los días de asuntos particulares.

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